¿Cuánto sabemos de la inscripción y
clasificación docente?
Con el objeto de socializar los
interrogantes surgidos durante el evento
del día martes 8 de abril, reproducimos a continuación las preguntas y sus
correspondientes respuestas.
1.- ¿Qué diferencia
existe entre un curso realizado durante el servicio y otro fuera del horario de trabajo?
Los cursos en horario de servicio no se
valoran, solo aquellos que se aclare que deban ser reconocidos y sean
organizados y supervisados por el Ministerio de Educación. Cabe aclarar que por
su especificidad las Juntas IV y V tienen en cuenta aquellas capacitaciones
técnico profesionales que son organizadas por empresas industrias o
instituciones del sector.
2.-Soy Ingeniero Eléctrico
recibido en la Universidad Tecnológica Nacional UTN, cursé el bloque de
materias pedagógicas en el Instituto Nacional Superior del Profesorado Técnico INSPT,
obteniendo el título Profesor en Disciplinas Industriales en concurrencia con
el de Ingeniero.
Además mi título
secundario es: Electrotécnico, recibido en la E.T. Nº 19 Ing. Alejandro Volta
Al inscribirme en las
Juntas IV y V en materias del ciclo superior
de mi especialidad recibo un puntaje en Título de Base y Otros Títulos
de nueve (9) y uno (1) punto respectivamente. Cuando lo hago como aspirante a
materias del ciclo básico tales como: Dibujo o Física me valoran con nueve (9)
y dos (2) puntos en los mismos rubros.
¿Quisiera que me
clarifiquen cual es la diferencia? Si es un error, ¿cómo fundamentaría el
reclamo correspondiente?
Tal como expresa la pregunta corresponde hacer
las siguientes aclaraciones:
Cuando un título profesional universitario se
complementa con la formación pedagógica didáctica que ofrece la UTN el
profesional obtendrá un título final
cuya denominación es Profesor en Disciplinas Industriales en concurrencia con
el título técnico profesional (ejemplo: PDI en concurrencia con Ingeniero
Mecánico) o bien Profesor en Docencia Superior no Universitaria en concurrencia
con título profesional del área social o humanística (ejemplo: PDS en
concurrencia con Abogado). Cuando se valoran estos títulos se toman ambos
(título universitario y curriculum docente) como un solo título. En
consecuencia la valorización del título profesional se subsume a la certificación final de carácter
docente.
En lo que hace al caso concreto que te preocupa
en cuanto a la diferencia en la valoración otorgada en el rubro Otros Títulos, te
aclaramos que el título de Electrotécnico es supletorio para las materias del
ciclo superior aludido, por tal razón te adjudicaron uno (1) punto en O.T. Con
respecto a Dibujo y Física el Electrotécnico es habilitante, por tanto recibe
dos (2) puntos en O.T.
3.- Soy Profesor Nacional de Educación Física y Técnico Mecánico
egresado de la ET 32 y quisiera saber por qué las clasificaciones son tan
diferentes cuando me anoto para MEP o las asignaturas del ciclo superior
Mecánica, para Educación Física, para los cargos Bibliotecario o para Preceptor.
Es excelente tu pregunta porque da lugar a
que expliquemos algo que, por falta de tiempo, no pudimos hacerlo en la jornada
del 8.
El título de técnico es habilitante para
los cargos de MEP, ATTP y para las asignaturas Dibujo y Física del ciclo básico
pero cuando además el docente posee el título de Profesor en cualquier
asignatura del Área en la que nos inscribimos- en nuestro caso Media y Técnica-
(Educación Física) se combinan ambos títulos en el rubro Título de Base el cual
es calificado como docente: 9 puntos (el secundario habilitante + el docente)
quedando sin títulos el rubro Otros Títulos el cual quedaría con puntaje 0
puntos.
Para las asignaturas del ciclo superior el
título de Técnico Mecánico es supletorio por lo tanto en el rubro Título de
Base se califica con 3 puntos y en el rubro Otros Títulos el puntaje es 1.50
por el Profesor de Educación Física que es docente del área.
Para la asignatura Educación Física por
ser profesor se valora con 9 puntos en
Título de Base y en Otros Títulos va 1 punto por el de técnico
Para el cargo de bibliotecario el profesor de
cualquier asignatura del Área es supletorio y por lo tanto el puntaje es 3
puntos en Título de Base y 1 punto en Otros Títulos por el secundario que en el
caso de los técnicos es habilitante para el Área.
Para el cargo de Preceptor el rubro Título
de Base tiene un puntaje de 9 por ser profesor y en el rubro Otros Títulos 2
puntos por ser el técnico habilitante para ese cargo.
4.- Soy Abogado recibido en la UBA y realicé el Profesorado en Docencia
Superior en el INSPT. Quisiera saber por qué cuando me anoto para Legislación
del Trabajo el puntaje en Título de Base es 9 y para Historia es 6.
El título de Abogado es habilitante para
las asignaturas que tengan que ver con el derecho o la legislación, o sea que
se valora con 6 puntos. Pero el Prof. Doc. Sup. de
la UTN eleva la calidad habilitante a
docente, o sea de 6 pasa a 9 puntos en
el rubro Título de Base.
El título de Abogado es supletorio para las
asignaturas que tengan que ver con historia, o sea que se valora con 3 puntos.
Pero el Prof. Doc. Sup. de la
UTN eleva la calidad supletorio a habilitante, o sea de 3 pasa a 6 puntos en el rubro Título de Base.
5.- Me quedó como
un sabor amargo después de la charla de ayer; siempre existirá una brecha tan
ancha entre el puntaje de los docentes viejos y los nuevos? Si por año solo
puede sumarse 0,60 puntos en cursos. Una carrera no lleva menos de 2 años. Voy
a estar en desventaja casi de 20 puntos con docentes que se recibieron 5 años antes
que yo? No entiendo cómo se puede equiparar esa situación.
La situación no se va a poder equipar nunca
porque el docente que ya hace más tiempo que está en el sistema ha aprovechado
el tiempo para capacitarse y justamente su ventaja se la da la antigüedad, lo
cual es absolutamente justo. Si lo que vos pensás lo escribiera uno de esos
docentes “viejos” como vos los llamás te diría que sería una injusticia que
alguien que recién empieza a dar clase tenga el mismo puntaje que alguien que
ya hace años viene haciendo lo propio.
De todos modos, sin ánimo de enfrentar a
unos contra otros, hay que hacer la salvedad que no todos los docentes optan
por capacitarse sean “nuevos” o “viejos”.
6.- Dado los tiempos ayer me fue
imposible consultarles respecto a una Especialización en Carpintería Metálica
de un año de duración de 680 horas cátedra que hice en la E.T. N° 11,
cuando la presenté en la junta IV y V no constaba la carga horaria, me
hice hacer una nota firmada x el rector de la escuela donde consta la
misma cuando me inscribí x vez 1ra no constaba, en la Junta IV me dijeron que
para MEP en OT, Tenía 1 Punto por el de Técnico en Higiene y Seguridad en el
Trabajo, pero 0,25 x la especialización; el Curso fue un Convenio entre el
CONET Y CAFAMYA ( Cámara Empresas del Sector ) pero en la junta V para el mismo
cargo en OT no me dieron nada pero si en Cursos aprobados 1,67 contra 0,95 de
la junta IV habiendo presentado lo mismo en las dos juntas para mí en la Junta
V me lo tomaron en otros cursos y en la Junta IV en OT, me parece que salgo más
beneficiado si no me dan más en O.T. en la Junta V que la IV, en un
folleto que me dieron las especializaciones no específicas para el cargo
de desempeño con una carga horaria de 540 a 719 horas corresponde 0,75 de punto
y las específicas 1,50 como se para MEP si esta es una o la otra y si
tengo alguna forma de pedir rectificación de puntaje obvio si corresponde
y porque presentando los mismos certificados una junta me da tanta diferencia
de puntaje con respecto a otra.
Todas las especializaciones o posgrados
secundarios tienen una valoración de 0.10 en el rubro Antecedentes Pedagógicos
y Culturales. En la Junta IV te lo tomaron como un título que no figura en los
anexos que emanan de la Comisión de Títulos el cual se valora con 0.25 en el
rubro Otros Títulos. En la Junta V te lo tomaron como un curso. Respecto de las
especializaciones a las que hacés referencia, las mismas no incluyen a las que
se dictan en los establecimientos secundarios.
7.- Quería hacerles
una consulta porque tengo una gran duda. Yo soy Lic. en Administración (UBA) y
Analista de Sistemas (terciario). Al no tener el título docente, quiero hacer
la carrera con las materias pedagógicas que necesito para obtener el título y
pasar de base 6 a base 9. Me dijeron que la carrera que da UDA me otorga esto
de pasar de 6 a 9. Hoy llamé para ver que necesito para hacerlo, y pregunté
específicamente si realmente con este título se obtiene los 3 puntos y me
informaron que no, sólo 2. Para obtener 3 puntos más debería ser egresada de un
colegio técnico y además trabajar en un colegio técnico. Esto último lo poseo,
ya que estoy trabajando actualmente en el cargo de MEP en la ET 16. Yo
quisiera saber en qué Entidad puedo realizar la especialización para lograr mi
objetivo.
Creemos que la respuesta que recibiste en
UDA corresponde al profesorado para técnicos. Volvé a hacer la consulta y
preguntá por la Formación Pedagógica para Profesionales y Técnicos Superiores
cuya Resolución es la 4969/05.
Aprovechamos esta consulta para darles los
números de resolución de otras Formaciones Pedagógicas y sus respectivos
puntajes:
·
972/97, 351/89 y 4969/05 elevan el título habilitante de
6 a 9 puntos en Título de Base y en caso de que el título universitario o
terciario sea supletorio corresponde 3 puntos en Título de Base y 2 puntos en
Otros Títulos.
·
941/97, 4077/08, 1482/99 y 6485/00 se valoran con 2
puntos en el rubro Otros Títulos sin modificar el puntaje del título
universitario o terciario en Título de Base.
·
3288/03 se valora con 1.50 puntos en el rubro Otros
Títulos sin modificar el puntaje del título universitario o terciario en Título
de Base.
·
2080/07 se valora con 1.00 punto en el rubro Otros
Títulos sin modificar el puntaje del título universitario o terciario en Título
de Base.
8.- Las Juntas de
Clasificación me han informado que mi título no está incluido en los Anexos,
por tanto no ha sido clasificado. Solo le han otorgado 0,25 en el rubro O.T.,
quedando en los listados de Prosecretario y Preceptor por mi secundario. Siendo mi título de nivel
terciario y de carácter oficial, cómo debo hacer para que esté debidamente
incorporado a los Anexos de Títulos.
En principio no queda claro de que título
se trata, de manera de hacer la averiguación pertinente, de todas formas entendiendo
que tu título no está incluido en los Anexos de Títulos el temperamento a
seguir es el siguiente:
Solicitar a la Comisión Permanente de Anexo
de Títulos la incorporación del título en cuestión mediante nota dirigida a ese
organismo, la cual deberá ser presentada en la sede del Ministerio de Educación
Paseo Colón 255 Mesa de Entradas (planta baja). Se adjuntará Resolución
Ministerial del documento y Plan de estudio. Generalmente la Resolución
contiene en anexos el Plan de Estudios correspondiente.
Modelo básico de nota para pedido de
valoración
Buenos Aires, ....... / ....... / 20.....
A la Comisión Permanente de Anexo de Títulos
MOTIVO: S/ Valoración del Título ...........................................................
El / La que suscribe,................................................ D.N:I.: ................
se dirige a Ustedes a fin de solicitar la valoración del Título........................... ......................................................... expedido por ........................ Resolución Ministerial Nº ................. para que el mismo sea incorporado al próximo anexo.
A tal fin se adjunta la siguiente documentación ...............
Fojas............
Sin otro particular, saluda atentamente.
Buenos Aires, ....... / ....... / 20.....
A la Comisión Permanente de Anexo de Títulos
MOTIVO: S/ Valoración del Título ...........................................................
El / La que suscribe,................................................ D.N:I.: ................
se dirige a Ustedes a fin de solicitar la valoración del Título........................... ......................................................... expedido por ........................ Resolución Ministerial Nº ................. para que el mismo sea incorporado al próximo anexo.
A tal fin se adjunta la siguiente documentación ...............
Fojas............
Sin otro particular, saluda atentamente.
......................................................................
Firma
9.- Buenas tardes,
tengo un título emitido en el extranjero que nunca ha sido valorado (lo
presenté en Junta V) se trata de una tecnicatura de Electromecánica, realizado
en la República Oriental del Uruguay. Mi inquietud es conocer por qué no es
tenido en cuenta habida cuenta de la reciprocidad de carreras cursadas en
países del Mercosur. Desde ya agradezco me informen al respecto.
Todo título emitido en el extranjero debe
cumplir determinados requisitos protocolares:
Las firmas de todo título extranjero deben estar legalizadas
por:
• Ministerio de Educación del país que lo otorga y Cancillería del mismo
Estas serán apostilladas (certificadas) por:
• Haya (pueden estar en Francés o Portugués) o
• Consulado Argentino
En Argentina se presentan en
• Ministerio del Interior
• Ministerio de Educación de la Nación
Los Títulos de grado además de cumplimentar las legalizaciones correspondientes se deben revalidar:
• Si proceden de España; Colombia; Ecuador; Perú, Bolivia y los de Cuba se revalidan directamente en Ministerio de Educación de la Nación.
• De otros países se revalidan a través de cualquier Universidad Pública que dicte la carrera.
En todos los casos consultar en Ministerio de Educación de la Nación sobre posibles modificaciones a esta información.
• Ministerio de Educación del país que lo otorga y Cancillería del mismo
Estas serán apostilladas (certificadas) por:
• Haya (pueden estar en Francés o Portugués) o
• Consulado Argentino
En Argentina se presentan en
• Ministerio del Interior
• Ministerio de Educación de la Nación
Los Títulos de grado además de cumplimentar las legalizaciones correspondientes se deben revalidar:
• Si proceden de España; Colombia; Ecuador; Perú, Bolivia y los de Cuba se revalidan directamente en Ministerio de Educación de la Nación.
• De otros países se revalidan a través de cualquier Universidad Pública que dicte la carrera.
En todos los casos consultar en Ministerio de Educación de la Nación sobre posibles modificaciones a esta información.
Cabe aclarar que muchos títulos
emitidos en el extranjero son traducidos certificando esta tramitación, lo
dicho no implica que el documento sea tenido en cuenta a los fines de su
clasificación, si no formaliza los pasos enunciados con antelación.
10.- Mi título es Profesor
de Ciencias Políticas, y considero que el mismo tiene incumbencias para el
dictado de la materia “Ciencia, Tecnología y Sociedad”, perteneciente al nuevo
plan de estudios de la especialidad “Computación”. ¿Cuál es el mecanismo a
seguir para que la Junta revea esta decisión?
En primera medida por lo expresado en tu pregunta el
título Profesor de Ciencias Políticas, sin procedencia específica y sin
resolución específica está incluido en los Anexos a través del informe
producido por la Comisión de Títulos. Asimismo el título Profesor de Enseñanza
Secundaria, Normal y Especial en Ciencias Políticas (sin resolución y
procedencia específica) también está incorporado.
Por lo expuesto quedate
tranquilo que estarás formando parte del orden de mérito de la citada materia.
Ahora bien si la titulación no
estuviera incluida aprovechamos para detallar la tramitación a llevar a cabo:
Modelo básico
de nota para solicitar Ampliación de Incumbencias
Buenos Aires, ....... / ....... / 20.....
A Comisión Permanente de Anexo de Títulos
MOTIVO: S/Ampliación de Incumbencias para el Título ........................... .........................................................................................................................
El / La que suscribe,................................................ D.N:I.: ................
se dirige a Ustedes a fin de para solicitar Ampliación de Incumbencia
para el Título....................................................................................................
expedido por ..................................................................................................
resolución Nº ................., para los siguientes cargos y/o asignaturas :
..........................................................................................................................
..........................................................................................................................
..........................................................................................................................
A tal fin se adjunta la siguiente documentación .........................................
Fojas....
Buenos Aires, ....... / ....... / 20.....
A Comisión Permanente de Anexo de Títulos
MOTIVO: S/Ampliación de Incumbencias para el Título ........................... .........................................................................................................................
El / La que suscribe,................................................ D.N:I.: ................
se dirige a Ustedes a fin de para solicitar Ampliación de Incumbencia
para el Título....................................................................................................
expedido por ..................................................................................................
resolución Nº ................., para los siguientes cargos y/o asignaturas :
..........................................................................................................................
..........................................................................................................................
..........................................................................................................................
A tal fin se adjunta la siguiente documentación .........................................
Fojas....
Nota: adjuntar
Resolución Ministerial y Plan de Estudios correspondiente.
11.- Estimados
estoy haciendo el curso para delegados dictado por la Unión Docentes Argentinos
y en este momento no me desempeño como delegado representando a la UDA ¿puede
dejar esta situación sin efecto la
valoración del curso?
No,
las Juntas valorarán el Curso siempre y cuando cumpla los requisitos
establecidos en el Estatuto Docente, en
este caso el Curso de Capacitación Sindical es una instancia formativa que
forma parte de un convenio con el Ministerio de Trabajo de la Nación. El
certificado de esta capacitación deberá consignar la carga horaria
correspondiente, a los efectos de calificar su valoración. Esta valuación es
independiente de que el participante sea un delegado en funciones, ya que no
existe ninguna normativa que así lo disponga.
12.- ¿Qué puntaje por antigüedad recibo si me desempeñé en escuelas
técnicas de la Provincia de Buenos Aires? Mi interrogante está planteado en
función de no recibir ningún puntaje por este tópico en el Listado de
Interinatos y Suplencias (inscripción abril de 2010).
Este punto clasificatorio no
fue tratado en la jornada, ya que formará parte del encuentro del día 22, no
obstante ello tu información no detalla qué cantidad de años prestaste
servicios en la Prov. De Bs. As. y tampoco especificás si presentaste en la
inscripción la certificación relacionada.
Te adelantamos que el puntaje
por antigüedad está normado por el acápite B. ANTECEDENTES POR ANTIGÜEDAD EN LA
DOCENCIA, y en caso de que el docente se haya desempeñado en otra área o
jurisdicción recibirá diez centésimos (0,10) de punto por año.
Tu pregunta no acompaña el
periodo de prestación de servicios, pero aventuramos a responderte que la
documentación respaldatoria de la antigüedad no fue presentada durante la
inscripción, hecho que imposibilitó a la Dirección Administrativa a procesar
dicha información.



